Plazo de naturalización y seguimiento del expediente ANEF en 2026
Par Antonin GAVREL - le mercredi 2 septembre 2026 - 8 min de lectura
La presentación no siempre pone en marcha de inmediato el plazo legal
Un error frecuente consiste en contar el plazo desde el día en que se envían los primeros archivos a través de la ANEF. El plazo máximo oficial está vinculado a la expedición del resguardo, que tiene lugar cuando se han aportado los documentos necesarios y la solicitud se ha registrado en las condiciones previstas.
Por tanto, una solicitud de documentación adicional antes de esa fase puede alargar el tiempo real de espera sin que haya empezado a correr el plazo que imaginaba el candidato.
18 meses, o 12 meses tras diez años de residencia
En principio, la Administración dispone de un máximo de 18 meses desde el resguardo para responder a una solicitud de naturalización o de reintegración. Este plazo se reduce a 12 meses cuando el solicitante acredita que, en la fecha de entrega del resguardo, llevaba al menos diez años residiendo habitualmente en Francia.
El plazo puede prorrogarse una vez durante tres meses. La Administración debe motivar la prórroga.
Estos plazos no garantizan una resolución favorable. Delimitan la tramitación, que comprende, entre otras actuaciones, las comprobaciones, la entrevista y el examen por parte de los servicios competentes.
Principales etapas visibles
Según su situación y el modo de presentación, puede observar las siguientes etapas:
- envío de la solicitud;
- control de integridad y solicitudes de documentación;
- registro y expedición del resguardo;
- citación para la entrevista;
- remisión y asignación de un número ministerial;
- resolución y, si es favorable, publicación en el Journal officiel.
Los estados que aparecen en línea no siempre permiten prever una fecha concreta. Evite interpretar cada cambio de estado como señal de una resolución inminente.
Un expediente supervisado se mantiene actualizado
VisaPref le ayuda a responder a las solicitudes de documentación y a acreditar los cambios durante la tramitación.
¿Dónde se encuentran las notificaciones?
Si el expediente se presenta en línea, consulte con regularidad su espacio personal —en particular, el apartado de notificaciones— y la dirección de correo electrónico asociada. Revise la carpeta de correo no deseado y conserve cada acuse, resguardo y solicitud de documentación adicional.
Cuando el servicio registra la solicitud, durante el procedimiento se comunica un número ministerial. En caso de aceptación, también se transmite la información relativa al decreto y a su publicación.
¿Qué cambios deben notificarse?
Desde la expedición del resguardo hasta la resolución, comunique cualquier cambio pertinente: nueva dirección, cambio de empleo, matrimonio, separación, nacimiento, modificación importante de la situación familiar o estancia prolongada en el extranjero.
Adjunte una prueba legible e indique el número del expediente. No cree una nueva solicitud para comunicar una simple actualización, salvo indicación expresa de la Administración.
Cómo enviar un recordatorio útil
Un recordatorio eficaz contiene su identidad completa, fecha de nacimiento, número de expediente, fecha del resguardo y una pregunta concreta. Adjunte únicamente los documentos necesarios. Enviar mensajes repetidos sin aportar información nueva no acorta la tramitación.
Si se ha superado el plazo aplicable o surge una dificultad jurídica, estudie las vías de recurso con los documentos del procedimiento. La fecha exacta de inicio del plazo y las notificaciones recibidas son fundamentales.
Después de la publicación del decreto
Descargue y conserve el decreto publicado en Légifrance. Surte efecto desde la fecha de su firma. Compruebe que figuren los hijos menores afectados y realice después los trámites necesarios para obtener el documento nacional de identidad y el pasaporte.
Fuente oficial
Artículo actualizado el 16 de septiembre de 2026. El plazo real varía según la integridad y la complejidad del expediente.